Los hurtos externos supusieron unas pérdidas de 818 millones de euros para el comercio en España. Esta cantidad corresponde al 54 % de la pérdida desconocida del sector (que agrupa robos externos, internos y errores administrativos), que ascendió el año pasado a 1.515 millones de euros. Según la Asociación de Fabricantes y Distribuidores, esta cantidad supone casi un 1% de la facturación total de los comerciantes.

Según esta asociación, el 86 % de los robos fueron cometidos por individuos reincidentes profesionales. No obstante, casi la mitad de las empresas de comercio en España aseguran que también sufren atracos por parte de bandas organizadas y el 38 % declara haber sufrido sustracciones por parte de individuos que lo hacen de forma esporádica.

Los categorías de productos preferidas por los ladrones son aquellas que pueden revender en el mercado secundario con mayor facilidad, donde destacan ropa, colonias, tecnología y alimentos. El 52 % de los hurtos son productos con un valor inferior a los 51 euros, el 29 % corresponde a productos con un precio entre 51 y 100 euros y el 19 % son artículos que superan los 100 euros.

Los comerciantes están trabajando con las fuerzas y los cuerpos de seguridad en distintos protocolos que les permitan reducir este tipo de delitos. Una de las formas más importantes para combatir los hurtos serían las denuncias «in situ».

El precio de los productos sustraídos es un tema importante, pues afecta a las condenas de los ladrones. La justicia está teniendo problemas para sancionar con mayores penas a los delincuentes multirreincidentes. Según la ley, los delitos «leves» (aquellos de menos de 400 euros que acarrean penas de 1 a 3 meses) no pasan a estar considerados «menos graves» (de 6 a 18 meses de condena) hasta que el valor de la mercancía acumulada supere los 400 euros y, además, el infractor haya recibido 3 condenas anteriormente.

La justicia lamenta la complicidad de demostrar que un ladrón reincidente ha superado esos 400 euros con el sistema actual, dado que es necesario exhortar a los juzgados que lo condenaron anteriormente para verificar las cuantías, que muchas veces ni siquiera aparece en las sentencias. En consecuencia, a pesar de tener varias condenas y haber superado los 400 euros, la última sentencia tiene que aplicarse por delito leve ante la imposibilidad de demostrar que el montante de los robos está por encima de dicha cantidad. Se puede volver a citar al acusado tras el exhorto de los tribunales, pero frecuentemente es difícil localizarlo de nuevo y estos delitos prescriben al cabo de 1 año.

Por estos motivos han aumentado los hurtos en los comercios de España y está siendo difícil que se reduzcan dichos delitos.