El sector de la seguridad privada, integrado y representado por organizaciones sindicales y empresariales, en su condición de firmantes del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad, han solicitado a través de un comunicado que, una vez haya finalizado el proceso de vacunación de los profesionales de la seguridad pública comprendidos en el subgrupo 6A*, se integre a los profesionales de la seguridad privada entre los considerados como preferentes en el proceso de vacunación, en beneficio último de los ciudadanos y en atención a su desempeño esencial en esta crisis sanitaria.

El Observatorio Sectorial de Seguridad Privada considera oportuno realizar las siguientes consideraciones en relación a la estrategia de vacunación del personal de seguridad privada. El plan incorpora una categoría denominada Grupo 6, formada por colectivos en activo con una función esencial para la sociedad. Una categoría que en su subgrupo A* comprende: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Emergencias y Fuerzas Armadas. Incluye Guardia Civil, Policía Nacional, Autonómica y Local, Bomberos, técnicos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, profesionales de Protección Civil, Emergencias.

El comunicado emitido defiende que los servicios de seguridad privada tienen la consideración de complementarios a los de la seguridad pública de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2014 de Seguridad Privada. En dicho artículo es establece que la seguridad privada complementa al monopolio de seguridad que corresponde al Estado, integrando sus medios y capacidades para tal fin.

El texto emitido por el sector de la seguridad privada asegura que decenas de miles de profesionales han desempañado y siguen desempeñando  funciones críticas en lugares como grandes centros e  intercambiadores de transporte, hospitales o centros comerciales, garantizando la seguridad en los controles de acceso con las nuevas medidas de toma de temperatura o el necesario distanciamiento social, cuyo objetivo es la vuelta definitiva a la normalidad.

El Observatorio Sectorial de la Seguridad Privada considera que la garantía de la función esencial de seguridad sólo puede conseguirse plenamente si se procede a la vacunación prioritaria del personal de seguridad privada.