El Consejo de Ministros aprobó a principios de agosto el Real Decreto 726/2020 por el que se modifica el Reglamento de Armas aprobado por Decreto en 1993. Gracias a esta ley se incorporan las directivas europeas más recientes en esta materia.

Una de las principales novedades es la definición de una nueva categoría de armas, las acústicas y de salvas, dado el alto riesgo de su transformación en auténticas armas de fuego y su utilización en la comisión de delitos. También regula las armas de alarma y señales, con el fin de evitar su transformación para que puedan lanzar un perdigón, una bala o proyectil por la acción de un combustible propulsor. El texto también aborda la mejora del régimen de inutilización de armas de fuego, la inclusión de nuevas armas como prohibidas por el riesgo que suponen y la ampliación de los supuestos en que las empresas de seguridad privada podrán disponer de armas de guerra.

Con respecto a las empresas de seguridad privada, el Reglamento de Armas establece que el Gobierno, en los supuestos de vigilancia y protección relacionados con la defensa nacional, las infraestructuras críticas, los buques mercantes, pesqueros o de transporte marítimo comercial, los convoyes de alto valor y los edificios sensibles, podrá fijar por Orden los términos y condiciones para la tenencia, control, utilización y adquisición por parte de las empresas de seguridad privada, de armas de guerra.

La nueva ley también recoge exigencias en el almacenado de armas y municiones, estableciendo que deben almacenarse de forma segura cuando no sean objeto de una supervisión inmediata.

El Ministerio del Interior ha aprovechado la elaboración del real decreto para, además de incorporar la normativa europea al ordenamiento nacional, introducir algunas novedades que la Dirección General de la Guardia Civil consideraba imprescindibles. Uno de los principales cambios es la centralización de la competencia para la concesión de licencias de armas en el Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil, así como la unificación del plazo para la renovación de armas cortas y largas y para pasar revista, que ahora se eleva de tres a cinco años.